Cambios en la Normativa de Calidad del producto ibérico
Como viene siendo habitual a lo largo de los diferentes ejercicios, las normas y reglamentos de denominación de los productos ibéricos va evolucionando y trabajando por y para un reglamento mejor, que abarque los parámetros adecuados para reflejar la calidad de cada jamón ibérico.
El cambio se resolvió el pasado 22 de diciembre, cuando el BOE publicó el fallo de la Dirección General de la Industria Alimentaria por la que se reconocen las diferentes condiciones de la D.O.P Guijuelo. ¿Cómo se identifican y denominan a partir de ahora?
Desde esta norma los jamones ibéricos se diferenciarán en 3 grandes grupos:
- Cerdos de bellota 100% ibéricos
- Únicamente los jamones de cerdos 100% ibéricos, criados en libertad y alimentados
- Paleta o jamón ibérico con un peso por encima de los 6 kilos y medio
- Jamón con una elaboración por encima de los 730 días
- Paletillas con una elaboración por encima del año (365 días)
- Serán catalogados como «Gran Selección» aquellos jamones con más de 800 días de elaboración y paletas con más de 425 días.
- Cerdos de bellota 75% ibéricos
- Serán de cerdos 75% ibéricos
- Jamones siempre por encima de los 7kilos y con más de 730 días de cuidado
- Paletas con más de 4 kilos y con más de 1 año de elaboración
- Cerdos de cabo o de cebo
- El requerimiento será la procedencia del cerdo, siempre que se trate de un jamón o paleta de cebo ibérica el cerdo deberá ser, mínimamente, un cerdo 75% ibérico.
Una vez más, unas señales para saber identificar, valorar y considerar a la hora de comprar y hablar de un buen jamón ibérico español.
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